domingo, 12 de septiembre de 2010

LA ESTAFA




Según la definición de la Real Academia de la Lengua Española la estafa es el delito consistente en provocar un perjuicio patrimonial a alguien mediante engaño y con ánimo de lucro.

"Cometen estafa los que, con ánimo de lucro, utilizaren engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno.  También se consideran reos de estafa los que, con ánimo de lucro, y valiéndose de alguna manipulación informática o artificio semejante consigan la transferencia no consentida de cualquier activo patrimonial en perjuicio de tercero. La misma pena se aplicará a los que fabricaren, introdujeren, poseyeren o facilitaren programas de ordenador específicamente destinados a la comisión de las estafas previstas en este artículo".

En el caso de ambas definiciones de estafa se puede concluir que es una manera de engañar a otra persona para apropiarse de las propiedades o patrimonios que estas poseen.



Fuente: Real academia de la Lengua Española
Fuente: Definiciones Legales.com

1 comentario:

JM Montoro dijo...

Muy buena defición.